Semana clave en Diputados, donde empieza la actividad de las sesiones extraordinarias. En el temario ordenado por el Poder Ejecutivo, se encuentra el proyecto de monotributo tech, una nueva categoría para aquellas personas que realicen trabajos en el exterior y facturar en dólares u otra moneda extranjera.
· Monotributo tech: de qué se trata el proyecto del Gobierno
La iniciativa es uno de los ejes del lineamiento económico del Gobierno, impulsado por el ministro Sergio Massa. El proyecto que se discutirá desde este jueves en el Congreso permitirá facturar y disponer sin necesidad de liquidar ante el mercado de cambios hasta u$s30.000 al año a monotributistas.
Esta nueva figura, denominada como “monotributo tech”, se trata de un régimen simplificado de pago de impuestos que abarcará a un abanico de profesionales ligados a la economía del conocimiento y al desarrollo tecnológico. Es parte de la apuesta del Ejecutivo de impulsar las nuevas modalidades de trabajo basadas en la industria tech y del software, entre otras categorías.
El monotributo tech, explicaron fuentes oficiales, es compatible con el Régimen General (IVA, Ganancias y Autónomos), Régimen Simplificado (Monotributo) y Empleados en relación de dependencia, siempre que la inscripción en éstos, dado que la actividad “tech” se considera aparte de las “convencionales”.
Para quienes ya sean monotributistas y facturen de manera local, además del importe que deban abonar por esa categoría del monotributo, deberán pagar por monotributo tech solamente el componente impositivo que le corresponden a las categorías más altas.
· A quiénes beneficia el monotributo tech
Si bien el rubro de la programación y el diseño son los más preponderantes dentro de la categoría de industria del software, el proyecto apuntará también a gamers, es decir, a personas que participen en competencias de e-sports a nivel profesional y que cobren una remuneración por esa actividad.
“Se trata de dar una respuesta a los reclamos y exigencias, que desde hace tiempo un sector de los contribuyentes argentinos que trabajan para el exterior vienen reclamando. En tal caso, tendrían menos dificultades para cobrar sus honorarios en moneda extranjera”, explicaron.
· Monotributo tech: las escalas y categorías de contribuyentes
El proyecto de ley del nuevo esquema de régimen simplificado de impuestos para exportadores de servicios, que se debatirá en las sesiones extraordinarias, tendría tres categorías.
Categoría 1: incluirá aquellos contribuyentes que exporten hasta u$s10.000 anuales, es decir, un promedio de 833 dólares al mes, equivalente a $295.000 a precio del dólar MEP actualizado al miércoles 25 de enero.
Categoría 2: será para quienes facturen hasta u$s20.000 por año, es decir, un promedio de 1.666 dólares por mes. En pesos a valor MEP significaría alrededor de $590.000.
Categoría 3: será la más alta, habilitada hasta una facturación anual de u$s30.000, es decir 2.500 dólares por mes o $885.000 a precio MEP.
· Montos a pagar por monotributo tech
La iniciativa indica que las tres escalas o categorías tendrán que pagar un monto unificado que incluirá el impuesto a las ganancias, obra social y aportes jubilatorios, tal como funciona para los contribuyentes del monotributo para facturación doméstica.
En este caso, para el monotributo tech habrá tres montos a pagar de acuerdo a la categoría en la que quede inscripto para contribuyente:
Categoría 1: hasta 10.000 dólares anuales, tendrá que pagar el equivalente a la escala D del monotributo tradicional, que desde enero abona $9.245 por mes.
Categoría 2: hasta 20.000 dólares anuales, deberá pagar el monto de los inscriptos a la F, que tras la última actualización pasó a ser de $15.712 mensuales.
Categoría 3: hasta 30.000 dólares, abonarán el equivalente a la escala H, que según la AFIP es de $31.347, publicó Ámbito
El Gobierno nacional volverá a habilitar el ingreso de periodistas a la Casa Rosada a partir de este lunes, luego de una semana de cierre dispuesto por motivos de seguridad. La reapertura será parcial y con acceso limitado a determinados sectores del edificio.
Según se informó oficialmente, los periodistas acreditados podrán retomar su actividad en la sala de prensa, aunque con restricciones en la circulación dentro de la sede gubernamental, donde algunos espacios continuarán acotados.
En este marco, el vocero presidencial Manuel Adorni brindará una conferencia de prensa prevista para las 11 de la mañana. Hasta el momento, no se confirmó si habrá instancia de preguntas por parte de los periodistas ni la modalidad en caso de habilitarse.
La medida se da tras varios días de tensión entre el Gobierno de Javier Milei y el periodismo, en un contexto marcado por restricciones de acceso, cuestionamientos públicos y cruces que generaron preocupación en el ámbito de la comunicación.
Con esta reapertura, el Ejecutivo busca retomar la dinámica habitual de contacto con la prensa, aunque bajo un esquema que, por ahora, mantiene ciertas limitaciones.
Crecen las denuncias de familias y especialistas ante un proyecto que endurece el acceso a pensiones y modifica el sistema de prestaciones. Advierten sobre un posible retroceso en derechos.
La situación que atraviesan miles de familias de personas con discapacidad en Argentina suma preocupación y tensión frente a los cambios impulsados en el sistema de pensiones y prestaciones. En distintos puntos del país, se repiten testimonios de padres y madres que describen un escenario marcado por demoras, incertidumbre y una creciente dificultad para sostener tratamientos esenciales.
“Crueldad” es el término que se repite en muchos de esos relatos. El desgaste emocional y la sensación de desamparo aparecen como constantes en quienes dependen de políticas públicas para garantizar calidad de vida y continuidad en los cuidados.
En paralelo, la nueva iniciativa del Ministerio de Salud de la Nación, presentada bajo el argumento de combatir irregularidades en las pensiones por invalidez, encendió fuertes cuestionamientos. El proyecto, que ya ingresó en el Senado, propone modificaciones estructurales tanto en el acceso a beneficios como en el funcionamiento del sistema de prestaciones.
Uno de los cambios centrales radica en el criterio de acceso a las pensiones. Si bien se mantiene el monto —equivalente al 70% de la jubilación mínima—, se deja de lado el enfoque de protección social basado en el Certificado Único de Discapacidad (CUD). En su lugar, se plantea un esquema vinculado exclusivamente a la incapacidad laboral, lo que, según advierten distintos sectores, reduciría significativamente la cantidad de beneficiarios y excluiría a quienes hoy combinan discapacidad con empleo parcial.
Además, la iniciativa establece la incompatibilidad total entre la pensión y cualquier trabajo registrado, a diferencia del régimen vigente que permitía cierta inserción laboral con límites de ingresos. Esta medida podría impactar directamente en los procesos de inclusión y autonomía.
Otro punto sensible es la modificación del sistema de prestaciones. El proyecto elimina el nomenclador nacional que fijaba valores unificados para servicios como terapias, transporte o centros de día. De avanzar, los costos quedarían sujetos a negociaciones entre financiadores y prestadores, generando posibles desigualdades según la cobertura.
También se contempla un reempadronamiento obligatorio de beneficiarios en un plazo mínimo de 90 días. La falta de actualización de datos podría derivar en la suspensión automática de la prestación, lo que genera preocupación por eventuales exclusiones administrativas.
El rol del Certificado Único de Discapacidad El CUD es un documento público que acredita legalmente la condición de discapacidad en todo el territorio nacional. Regulado por la Ley 25.504 y sus modificaciones, permite acceder a derechos y beneficios contemplados en normativas nacionales, provinciales y municipales.
Entre ellos se incluyen cobertura integral de tratamientos médicos, rehabilitación, medicamentos, transporte, acceso a educación, beneficios impositivos y herramientas de inclusión laboral. Su validez no está ligada a la incapacidad laboral, sino a una evaluación integral que contempla factores sociales, educativos y sanitarios.
Especialistas remarcan que discapacidad e incapacidad no son conceptos equivalentes. Mientras la incapacidad laboral refiere a la imposibilidad de trabajar y es determinada por peritajes específicos, el CUD reconoce una condición que puede coexistir con distintos niveles de autonomía.
En medio del debate, organizaciones y referentes del sector advierten que las modificaciones propuestas podrían implicar un cambio de paradigma, alejándose del enfoque de derechos para avanzar hacia un modelo más restrictivo. La discusión, sostienen, trasciende lo técnico y pone en juego el tipo de respuesta que el Estado brinda a uno de los sectores más vulnerables de la sociedad.
Omar Acosta Activista y Promotor de Derechos de las Personas con Discapacidad Presidente de la Agrupación Discapacidad y Adultos Mayores Entre Ríos Mentor de Neuroconvivencias Métodos (pedagogías alternativas) Neuropsicólogo Clínico – M.N. 1725
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo resolvió hacer lugar a la apelación presentada por el Gobierno nacional y dejó sin efecto la medida cautelar que suspendía la aplicación de la reforma laboral. De esta manera, más de 80 artículos de la denominada Ley de Modernización Laboral vuelven a regir de forma provisoria, a la espera de una definición de fondo.
El presidente Javier Milei celebró la decisión a través de sus redes sociales. “No podrán detener el crecimiento que se viene para el país”, expresó, tras conocerse la resolución de la Sala VIII del tribunal laboral.
En la misma línea, el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, respaldó el fallo y aseguró que “rige la ley de modernización laboral”, en referencia a la restitución de los artículos cuestionados.
La resolución judicial implica que la medida cautelar dictada por el juez Raúl Ojeda queda suspendida hasta que la Cámara se pronuncie sobre la cuestión de fondo. En su fallo, los camaristas consideraron que no corresponde frenar la vigencia de una norma sancionada por el Congreso Nacional mediante una medida provisoria.
Cabe recordar que la cautelar había sido dictada el pasado 30 de marzo, tras un amparo presentado por la Confederación General del Trabajo (CGT), que solicitó la declaración de inconstitucionalidad de la reforma.
Frente a esa decisión inicial, el Ejecutivo —a través de la Procuración del Tesoro y el Ministerio de Capital Humano— impulsó tanto un recurso extraordinario (per saltum) ante la Corte Suprema como la apelación que finalmente fue concedida.
De este modo, el escenario judicial en torno a la reforma laboral continúa abierto, mientras se espera una resolución definitiva sobre su validez constitucional.