El texto publicado en el Boletín Oficial, detalla que, a partir del 1° de julio, el Smvm será de $105.500 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo y de $ 527,50 por hora, para los jornalizados.
El Gobierno oficializó este lunes el aumento del 34% en el Salario Mínimo Vital y Móvil (Smvm), cuya actualización impacta en diferentes programas sociales y prestaciones por desempleo.
El texto publicado en el Boletín Oficial, detalla que, a partir del 1° de julio, el Smvm será de $105.500 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo y de $ 527,50 por hora, para los jornalizados.
En tanto, a partir del 1° de agosto será de $112.500 para los mensualizados y de $562,50 para los jornalizados. Desde el 1° de septiembre ese valor se incrementará a $ 118.000 para los que cobran por mes y de $ 590 para los que lo hacen por hora.
En consecuencia, el desde el 1° de julio mínimo de la prestación por desempleo será de $ $ 29.305 y el máximo desde $ 48.841,60. Desde el 1° de agosto pasarán a ser de $ 31.294,40 y de $ 52.082,30, respectivamente, y desde el 1° de septiembre de $32.771,10 y $ 54.628,50
El incremento también impacta en los planes Potenciar Trabajo y Acompañar, a partir de la actualización definida por ley, mientras también alcanza a las Becas Progresar.
Además, afecta los jubilados de la ANSES que accedieron al sistema previsional con más de 30 años de aporte, este grupo podrá adicionar a su ingreso mensual la diferencia entre el haber mínimo vigente y el 80% del salario mínimo, siempre y cuando el resultado dé una cifra inferior.
El cálculo de los haberes de ambos planes sociales se desprende de la actualización del salario mínimo. Los beneficiarios de Potenciar Trabajo, que depende del Ministerio de Desarrollo Social, perciben un 50% del ingreso y para el Programa Acompañar equivale al 100% que se paga durante seis meses.
Los haberes de Potenciar Trabajo se pagan a mes vencido el 5 de cada mes, por ende, en agosto cobrarán lo correspondiente a julio y así sucesivamente.
En el caso del Programa Acompañar, depende del Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad y está destinado a mujeres e integrantes del colectivo LGBTI+ de 18 a 65 años en situación de violencia de género.
Cómo quedarán los programas sociales
-Potenciar Trabajo: Para el caso de este programa, que depende del Ministerio de Desarrollo Social, sus montos se actualizan con los mismos porcentajes que el salario mínimo. El programa implica una carga horaria de media jornada (cuatro horas) en trabajos de distintos rubros, y recibe un monto igual al 50% del salario mínimo. Actualmente, Potenciar Trabajo otorga 43.993 pesos.
Tras la primera actualización de julio en el piso de remuneraciones formales, el monto a percibir por los beneficiarios pasaría a poco menos de $52.750 y continuará ajustándose con los sucesivos aumentos.
En agosto, entonces, el monto será de $56.250, mientras que hacia septiembre la suma a cobrar ascendería a $59.000.
– Becas Progresar: en este caso el impacto es indirecto. Para esta ayuda salarial dirigida a estudiantes universitarios, el salario mínimo vital y móvil funciona como tope para la entrega de la beca de estudio. El beneficiario, menor de 24 años, lo cobra si su familia gana menos de tres salarios mínimos.
En adelante ese tope se mueve en relación a los incrementos mensuales que tendrá el SMVM entre hasta septiembre, durante los tramos firmados.
Comenzará entonces con un tope entonces de $316.500 en julio aproximadamente y cuando finalice la vigencia de este acuerdo rubricado entre gremios y empresarios el límite de ingreso familiar para ingresar sería de $354.000 en marzo.
El Gobierno nacional volverá a habilitar el ingreso de periodistas a la Casa Rosada a partir de este lunes, luego de una semana de cierre dispuesto por motivos de seguridad. La reapertura será parcial y con acceso limitado a determinados sectores del edificio.
Según se informó oficialmente, los periodistas acreditados podrán retomar su actividad en la sala de prensa, aunque con restricciones en la circulación dentro de la sede gubernamental, donde algunos espacios continuarán acotados.
En este marco, el vocero presidencial Manuel Adorni brindará una conferencia de prensa prevista para las 11 de la mañana. Hasta el momento, no se confirmó si habrá instancia de preguntas por parte de los periodistas ni la modalidad en caso de habilitarse.
La medida se da tras varios días de tensión entre el Gobierno de Javier Milei y el periodismo, en un contexto marcado por restricciones de acceso, cuestionamientos públicos y cruces que generaron preocupación en el ámbito de la comunicación.
Con esta reapertura, el Ejecutivo busca retomar la dinámica habitual de contacto con la prensa, aunque bajo un esquema que, por ahora, mantiene ciertas limitaciones.
Crecen las denuncias de familias y especialistas ante un proyecto que endurece el acceso a pensiones y modifica el sistema de prestaciones. Advierten sobre un posible retroceso en derechos.
La situación que atraviesan miles de familias de personas con discapacidad en Argentina suma preocupación y tensión frente a los cambios impulsados en el sistema de pensiones y prestaciones. En distintos puntos del país, se repiten testimonios de padres y madres que describen un escenario marcado por demoras, incertidumbre y una creciente dificultad para sostener tratamientos esenciales.
“Crueldad” es el término que se repite en muchos de esos relatos. El desgaste emocional y la sensación de desamparo aparecen como constantes en quienes dependen de políticas públicas para garantizar calidad de vida y continuidad en los cuidados.
En paralelo, la nueva iniciativa del Ministerio de Salud de la Nación, presentada bajo el argumento de combatir irregularidades en las pensiones por invalidez, encendió fuertes cuestionamientos. El proyecto, que ya ingresó en el Senado, propone modificaciones estructurales tanto en el acceso a beneficios como en el funcionamiento del sistema de prestaciones.
Uno de los cambios centrales radica en el criterio de acceso a las pensiones. Si bien se mantiene el monto —equivalente al 70% de la jubilación mínima—, se deja de lado el enfoque de protección social basado en el Certificado Único de Discapacidad (CUD). En su lugar, se plantea un esquema vinculado exclusivamente a la incapacidad laboral, lo que, según advierten distintos sectores, reduciría significativamente la cantidad de beneficiarios y excluiría a quienes hoy combinan discapacidad con empleo parcial.
Además, la iniciativa establece la incompatibilidad total entre la pensión y cualquier trabajo registrado, a diferencia del régimen vigente que permitía cierta inserción laboral con límites de ingresos. Esta medida podría impactar directamente en los procesos de inclusión y autonomía.
Otro punto sensible es la modificación del sistema de prestaciones. El proyecto elimina el nomenclador nacional que fijaba valores unificados para servicios como terapias, transporte o centros de día. De avanzar, los costos quedarían sujetos a negociaciones entre financiadores y prestadores, generando posibles desigualdades según la cobertura.
También se contempla un reempadronamiento obligatorio de beneficiarios en un plazo mínimo de 90 días. La falta de actualización de datos podría derivar en la suspensión automática de la prestación, lo que genera preocupación por eventuales exclusiones administrativas.
El rol del Certificado Único de Discapacidad El CUD es un documento público que acredita legalmente la condición de discapacidad en todo el territorio nacional. Regulado por la Ley 25.504 y sus modificaciones, permite acceder a derechos y beneficios contemplados en normativas nacionales, provinciales y municipales.
Entre ellos se incluyen cobertura integral de tratamientos médicos, rehabilitación, medicamentos, transporte, acceso a educación, beneficios impositivos y herramientas de inclusión laboral. Su validez no está ligada a la incapacidad laboral, sino a una evaluación integral que contempla factores sociales, educativos y sanitarios.
Especialistas remarcan que discapacidad e incapacidad no son conceptos equivalentes. Mientras la incapacidad laboral refiere a la imposibilidad de trabajar y es determinada por peritajes específicos, el CUD reconoce una condición que puede coexistir con distintos niveles de autonomía.
En medio del debate, organizaciones y referentes del sector advierten que las modificaciones propuestas podrían implicar un cambio de paradigma, alejándose del enfoque de derechos para avanzar hacia un modelo más restrictivo. La discusión, sostienen, trasciende lo técnico y pone en juego el tipo de respuesta que el Estado brinda a uno de los sectores más vulnerables de la sociedad.
Omar Acosta Activista y Promotor de Derechos de las Personas con Discapacidad Presidente de la Agrupación Discapacidad y Adultos Mayores Entre Ríos Mentor de Neuroconvivencias Métodos (pedagogías alternativas) Neuropsicólogo Clínico – M.N. 1725
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo resolvió hacer lugar a la apelación presentada por el Gobierno nacional y dejó sin efecto la medida cautelar que suspendía la aplicación de la reforma laboral. De esta manera, más de 80 artículos de la denominada Ley de Modernización Laboral vuelven a regir de forma provisoria, a la espera de una definición de fondo.
El presidente Javier Milei celebró la decisión a través de sus redes sociales. “No podrán detener el crecimiento que se viene para el país”, expresó, tras conocerse la resolución de la Sala VIII del tribunal laboral.
En la misma línea, el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, respaldó el fallo y aseguró que “rige la ley de modernización laboral”, en referencia a la restitución de los artículos cuestionados.
La resolución judicial implica que la medida cautelar dictada por el juez Raúl Ojeda queda suspendida hasta que la Cámara se pronuncie sobre la cuestión de fondo. En su fallo, los camaristas consideraron que no corresponde frenar la vigencia de una norma sancionada por el Congreso Nacional mediante una medida provisoria.
Cabe recordar que la cautelar había sido dictada el pasado 30 de marzo, tras un amparo presentado por la Confederación General del Trabajo (CGT), que solicitó la declaración de inconstitucionalidad de la reforma.
Frente a esa decisión inicial, el Ejecutivo —a través de la Procuración del Tesoro y el Ministerio de Capital Humano— impulsó tanto un recurso extraordinario (per saltum) ante la Corte Suprema como la apelación que finalmente fue concedida.
De este modo, el escenario judicial en torno a la reforma laboral continúa abierto, mientras se espera una resolución definitiva sobre su validez constitucional.