Connect with us

Local

Omar Acosta Activista en Discapacidad y Adultos Mayores

Published

on

Omar Acosta Activista en Discapacidad y Adultos Mayores, Operador Social Comunitario y Presidente de la Agrupación Discapacidad y Adultos Mayores de Entre Ríos. Sigue trabajando en una lucha día a día sobre las personas con discapacidad y adulto mayor también es el presidente de ADAMER (Agrupación de Discapacidad y Adulto Mayor de Entre Ríos.)

Convencionista a nivel Internacional, Uruguay, Paraguay, dando charlas y asesorando sobre el derecho a las Personas con Discapacidad

En un dialogo que tuvo con Radio News Media, comentó ,lo que hay que saber de la atención con prioridad a PCD en establecimientos públicos y privado en nuestro País.

La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad que nuestro país suscribió por Ley Nacional 26.378, asimismo el 19 noviembre de 2014 a través de Ley Nacional 27.044 se le otorgó Jerarquía Constitucional a la Convención, deja sentado en su preámbulo que los países firmantes reconocen la necesidad de “promover y proteger los derechos humanos de todas las personas con discapacidad”, y subraya la “autonomía e independencia individual, incluida la libertad de tomar sus propias decisiones”, así como también “la importancia de la accesibilidad al entorno físico, social, económico y cultural, a la salud y la educación y a la información y las comunicaciones, para que las personas con discapacidad puedan gozar plenamente de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales” y que aún se sigue “observando con preocupación que, pese a estos diversos instrumentos y actividades, las personas con discapacidad siguen encontrando barreras para participar en igualdad de condiciones con los demás en la vida social y que se siguen vulnerando sus derechos humanos en todas partes del mundo”, dicho esto, el Estado Nacional asumió el compromiso de adecuar la legislaciones en pos de estos intereses, en tal sentido tiene la responsabilidad de procurar por todos los medios un apoyo más intenso, para paliar la profunda desventajas social y de restricción de las personas con discapacidad, promoviendo su participación y garantizándoles adecuadamente igualdad de condiciones y oportunidades con lo demás. No obstante, es harto conocido por todos, que existen circunstancias en las que indudablemente debe intervenir el Estado a través de la consagración de derechos para quienes se encuentran en situaciones de mayor vulnerabilidad, por situaciones que deberían corresponder, por su naturaleza, al ámbito moral y de las buenas costumbres.

La preocupación del colectivo de la discapacidad, arranca de varias décadas atrás, al observar y recibir información que continuamente existían episodios a diario en los cuales se vislumbran actitudes intolerantes respecto a que son dejados de lado, son ninguneados, se omiten, y de la desidia con la que se trata culturalmente a personas con discapacidad y también a adultos mayores y mujeres con embarazo avanzado, en distintos establecimientos, públicos como privados, en lo que respecta con la atención al público. Se observa la falta de respeto frente a una persona que indudablemente tiene que tener una prioridad en la “atención al público” inclusos en las filas, sea cual fuera la tramitación, compra o pago, (solo por una cuestión de educación y buenas costumbres una persona con discapacidad necesita ser atendido con prioridad), hasta no hace muchos años, la ausencia de este gesto inmediato convertía a quien cometiera esa descortesía en el eje de las miradas acusadoras del resto. En la actualidad, la naturalización de esta falta de solidaridad hace vislumbrar que a un continuamos con actitudes intolerantes, incultas, falta de respeto a una persona con prioridad, haciendo caso omiso a las disposiciones vigentes, en relación a la “Atención con Prioridad”, en los diversos y distintos establecimientos públicos o privados, incluso con los asientos reservados, en los estacionamientos, en las filas de entidades bancarias y cajeros, supermercados, obras sociales, hospitales, oficinas públicas, cuando la prioridad de atención por las características de la misma debería ser de orden moral, educativo, de buenas costumbres, de “buen trato”, sin embargo, en la actualidad en diversas jurisdicciones provinciales se han sancionado normas que regulan esta cuestión, atento a la falta de cumplimiento en las personas con diferentes discapacidades, más allá de no observarse la cartelería obligatoria, los responsables de que esto se cumpla hacen caso omiso, con su actitud inculta y la misma falta de respeto que también incurren estos “personajes”, en la práctica se detectan a abuelos, embarazadas, mujeres con niños y personas con discapacidad que realizan la fila detrás de la caja junto a todos los demás, realizando largas colas, siendo que no se encuentran en condiciones de soportarlas, llegando en muchas ocasiones a situaciones de malestar o descompensarse por el tiempo transcurrido. Si alguno logra ser atendido con prioridad es porque algún cajero o cliente cortés tuvo el solitario gesto de buena voluntad, pero no es la regla que se respete por parte de los comercios ni del resto de la ciudadanía. La prioridad de atención por las características de la misma correspondería ser de orden cultural, moral, de buenas costumbres, de educación y de “buen trato”, sin embargo, la gente y a falta empatía y educación, continúan incumpliendo con este mandato cultural de la prioridad de atención a las personas antes mencionadas, para subsanar los hechos narrados, es que se sancionaron leyes y ordenanzas municipales análogas en diversas jurisdicciones provinciales que regulan al respecto el tema en cuestión y que esta vez tienen sanciones para quienes incumplan con el ordenamiento normativo vigente. Atento a estas circunstancias, las leyes y ordenanzas municipales viene a resolver de alguna forma esta problemática recurrente en la atención al público, tanto estatal como privada, por la gran concentración de personas que muchas veces se forma en los establecimientos públicos y privados, generalmente deviene en interminables colas; y la situación de vulnerabilidad en la que se encuentran las personas con discapacidad en estado de gravidez que asisten a estos sitios o en ventanilla de pago de servicios o de diversos pagos, la cuestión que con estas normativas han tomado el tema y lo han plasmado en legislaciones locales, en casi la mayoría de las provincias, donde se les otorga a las personas con discapacidad y/o movilidad reducida o embarazadas, la prioridad de atención, también en los bancos

Conforme a lo que ya está establecido culturalmente y dispuesto en las leyes y ordenanzas provinciales y municipales y otras disposiciones nacionales, conocidas en las diversas jurisdicciones provinciales, este ordenamiento jurídico son análogos en todas las jurisdicciones del país, en ese sentido regulan el tema en cuestión, y son entre ellas la Ley Nacional 24.314; Ley Nacional 27.611; Ley Nacional 24.240 Art. 8º y 52º bis  Y Ordenanzas Municipales determinan caso en particular, la atención prioritaria en oficinas de la administración pública estatal a las personas con discapacidad, lo mismo sucede para los bancos, cajeros automáticos, cajas de súper mercados, ventanillas hospitalarias y de obras sociales, en muchos de los casos estos lugares recuerdan al público, con el cartel obligatorio del símbolo de accesibilidad, con la siguiente leyenda “Atención Prioritaria a Personas con Discapacidad, Mujeres con embarazo avanzado y Personas Mayores con Movilidad Reducida Ley Nº…”

La implementación de este tipo de políticas públicas arriba descrito fue el punto de partida para la realización de toda una serie de medidas encaminadas a lograr el pleno respeto a las personas con discapacidad, por lo general las normativas han sido redactadas básicamente en estos términos analógicamente:

1º) La Atención Prioritaria de las mujeres con embarazo avanzado, adultos mayores y personas con discapacidad en todos los establecimientos públicos municipales, edificios, oficinas, dependencias, entes, centros de distrito, etc. y privados, entidades financieras, empresas prestatarias del servicio de salud, grandes superficies comerciales, comercios minoristas y mayoristas, cines, teatros, restaurantes, estadios deportivos y demás entes privados que presten atención al público en cualquier forma y/o modalidad, deben otorgar “prioridad y preferente atención a las personas antes mencionadas”.

2º) Se estableció que dichos establecimientos deberán exhibir obligatoriamente un cartel a la vista del público, que contenga con letra legible y de tamaño visible, la siguiente leyenda: “Prioridad de atención de persona con discapacidad, mujeres con embarazo avanzado y adultos mayores”.

3º) En los establecimientos privados de concurrencia masiva, supermercados, hipermercados, autoservicios, mega mercados, o de cualquier otra denominación que adopten, siempre que superen los 200 metros cuadrados de superficie, deben contar con un 20% de cajas destinadas a la atención prioritaria establecida en las normativas vigentes. En el caso que cuenten con menos de cinco cajas, deberán tener como mínimo 1 (una) con el cartel descripto, que este destinada a la atención prioritaria.

4º) Se legisla que los establecimientos privados que incumplan con las obligaciones que se establecen en la normativa negando la atención prioritaria en las condiciones que allí se exponen, serán pasible de la multa que establece la ley u ordenanza en conformidad con el procedimiento reglado en el Código de Faltas y la Dirección de Defensa del Consumidor podrá, previa denuncia de parte interesada, aplicar las sanciones a lo que refiere la Ley Nacional de Defensa del Consumidor Nº 24.240 Art. 8º bis. y Art. 52º bis. “Los proveedores deberán garantizar condiciones de atención y trato digno y equitativo a los consumidores y usuarios”.

5º) Así mismo se legisla que los establecimientos privados que incumplan con las obligaciones que fueron establecida en la normativa, no exhibiendo el cartel correspondiente con la leyenda: “Prioridad de atención de persona con discapacidad, mujeres con embarazo avanzado y adultos mayores” o no existiendo cajas destinadas a la atención prioritaria en las condiciones que la norma expone, será pasible de la multa que establece la ley u ordenanza en conformidad con el procedimiento reglado en el Código de Faltas y la Ley Nacional de Defensa del Consumidor Nº 24.240 Art. 8º bis. y Art. 52º bis. y el organismo pertinente podrá, previa denuncia de parte interesada, aplicar las sanciones a las que se refiere la ley ante mencionada.

6º) La autoridad de aplicación o los organismos pertinentes son lo que tienen que instrumentar las medidas correspondientes, para garantizar la difusión de lo normado, promover su cumplimiento y control en todos los establecimientos públicos y privados de la ciudad que presten atención al público. La Prioridad debe ser de Orden Moral y Educativa, el comportamiento cortes y civilizado de la Gente, esta normativa de orden cultural se cumpliría plenamente, si la autoridad de aplicación difunde como corresponde la plena vigencia de lo normado y se resolvería esta histórica problemática recurrente. Con el fin de garantizar concretamente el cumplimiento de la normativa en cuestión, es que se estableció SANCIONES que desalienten el alejamiento, o de pasar por alto o hacer caso omiso de las disposiciones vigente que están establecidas.

De acuerdo a las actuaciones citadas y a las consideraciones efectuadas precedentemente, corresponde manifestar para que no haya ninguna duda de la existencia de los diversos textos jurídicos análogos en todo el país, que sustentan y fundamentan con claridad argumentaciones con el fin de promover la ATENCIÓN PRIORITARIA a las personas con discapacidad, ya sean en establecimientos públicos o privados y que en ese mismo sentido se establecieron SANCIONES POR SU INCUMPLIMIENTO, es muy importante destacar la existencia concreta de estas normativas análogas y precisas, entre dichos instrumentos jurídicos podemos citar a la Ley

Fuentes: Artículo 29 Federal Agrupación Discapacidad y Adultos Mayores Entre Ríos .

Luis Liendro (Coordinador Nacional Grupo Artículo 29 Federal) y Omar Acosta (Operador Psicosocial y Promotor de Derechos)

https://diarionewsmedia.com/

Local

Fiesta del Día del Niño en Los Charrúas: la Asociación Carita Feliz prepara una jornada especial para el 26 de septiembre

Published

on

La localidad de Los Charrúas se alista para vivir una tarde de celebración y encuentro comunitario. La Asociación Carita Feliz – Los Charrúas anunció la realización de la tradicional Fiesta del Día del Niño, programada para el próximo 26 de septiembre a partir de las 14:00 horas.

El festejo tendrá lugar en la intersección de Martín Miguel de Güemes y Los Inmigrantes, en el corazón del Barrio El Triángulo. Con el objetivo de brindar un espacio de recreación y alegría para los más chicos, la organización invita a las familias de toda la zona a sumarse al evento.

Como parte de la propuesta tradicional de la jornada, se compartirá una merienda comunitaria que incluirá el clásico chocolate caliente acompañado de bollos, pensado para el disfrute de toda la concurrencia. Desde la institución organizadora remarcan la importancia de estos espacios de integración social, impulsados por el trabajo solidario y el compromiso con la comunidad local.

Continue Reading

Local

PAMI en Concordia: el Sanatorio confirma el fin del convenio y advierte un inminente colapso en el sistema sanitario

Published

on

La crisis prestacional de PAMI en Concordia sumó un capítulo crítico tras el reclamo del presbítero Gustavo Muchiutti —delegado regional de la Pastoral de la Salud y párroco de La Bianca—. En respuesta al debate público, el Sanatorio Concordia emitió un informe institucional donde ratificó el cese de la atención a los afiliados de la obra social a partir del 1° de septiembre, advirtiendo sobre el posible desbordamiento de la red pública de salud.

La directiva constató en el Sistema Interactivo de Prestadores (SII) que la baja del contrato figura programada para el inicio del próximo mes. El conflicto responde a un desfasaje arancelario del 130% que la empresa privada califica de insostenible. Tras diez meses de gestiones infructuosas por carta documento y la cancelación unilateral de una audiencia en la sede central de PAMI en Buenos Aires —prevista para el 6 de agosto y suspendida por la renuncia de funcionarios nacionales—, el sanatorio formalizó la rescisión del vínculo contractual el pasado 26 de junio.

Alerta por descentralización y fallas estructurales

Desde la conducción del nosocomio cuestionaron severamente el esquema de gestión centralizado del instituto, señalando que las delegaciones locales carecen de autonomía y capacidad resolutiva para destrabar disputas tarifarias.

Asimismo, enmarcaron la medida en un deterioro generalizado de la red prestacional de PAMI, marcado por:

  • Desdoblamiento sistemático en las liquidaciones y pagos.

  • Interrupciones y demoras en la provisión de prótesis, marcapasos y fármacos oncológicos.

  • Trabas administrativas para la autorización de prácticas quirúrgicas ejecutadas.

  • Restricciones en cobertura de insumos básicos (oxígeno, pañales y sillas de ruedas).

La migración de la demanda de 15.000 jubilados locales sobrecargará los hospitales públicos de la región, una estructura asistencial golpeada que, según la institución, se encamina al colapso operativo.

Protocolo de atención y estado de servicios desde el 1° de septiembre

Ante el inminente corte de la cobertura, el sanatorio estableció la hoja de ruta para la contingencia asistencial:

  • Ingresos y cirugías: A partir del 1° de septiembre se suspenderá la admisión de nuevos afiliados y se cancelarán todas las intervenciones programadas, incluidas las cirugías oncológicas.

  • Pacientes internados: Se mantendrá la atención de quienes permanezcan en sala antes de la fecha límite, articulando con PAMI el posterior traslado a otros centros según la normativa vigente.

  • Tratamientos oncológicos: Aquellos pacientes bajo régimen de quimioterapia deberán retirar su medicación antes del inicio de mes para coordinar la reubicación del tratamiento con la obra social.

  • Otras coberturas: La atención para obras sociales privadas, medicina prepaga y pacientes particulares continuará operando sin modificaciones.

Desde la institución remarcaron que la responsabilidad de reasignar prestadores y garantizar la continuidad médica recae en la Unidad de Gestión Local de PAMI (línea 138). La comisión directiva del sanatorio ofrecerá una conferencia de prensa este viernes a las 18:00 en la sede de la Asociación Médica de Concordia (Entre Ríos 349) para brindar mayores detalles sobre el alcance de la medida.

Continue Reading

Local

Los Charrúas brilló con su primer gran desfile de moda

Published

on

Exitoso debut de la moda en Los Charrúas: gran marco de público en el primer desfile de la Escuela de modelaje JG_MODELSS
LOS CHARRÚAS. En una velada caracterizada por el brillo, la elegancia y una destacada convocatoria, la localidad de Los Charrúas fue sede de un acontecimiento inédito: la realización del primer evento de moda de su historia, llevado a cabo con total éxito en las instalaciones del Salón de Usos Múltiples (SUM) local.

La iniciativa, organizada por la Escuela de Modelaje JG_MODELSS —bajo la dirección general de Julio Gómez y el entrenamiento (coach) de Jonathan Gómez—, superó las expectativas de la organización al registrar el acompañamiento de vecinos de la comunidad, público en general y de manera muy especial las familias de los alumnos y autoridades municipales acompañaron en el recinto y aplaudir el despliegue sobre la pasarela.

Talento local y proyección regional
El encuentro se consolidó como una plataforma de intercambio cultural y artístico al reunir a modelos y diseñadores de diversos puntos de la provincia y el país, contando con representantes provenientes de Concordia, San Salvador y Buenos Aires,Federal y de nuestra localidad. Asimismo, la jornada contó con la distinguida presencia de los reyes locales del reinado provincial y nacional

Uno de los momentos de mayor emotividad y brillo de la noche estuvo protagonizado por los alumnos de la escuela local JG_MODELSS . Para los estudiantes, la jornada significó la oportunidad de poner a prueba su formación integral, luciendo con solvencia las indumentarias y creaciones presentadas por los diseñadores invitados.

Espectáculos artísticos durante la pausa
La velada no solo ofreció diseño y tendencia, sino también un enriquecedor espacio para otras expresiones artísticas. Durante el tiempo de pausa, el público disfrutó de la presentación de María Soto, bailarina proveniente de Concordia, quien deslumbró con cuadros de Danza Clásica y Danza Contemporánea. Asimismo, la identidad local y la tradición dijeron presente sobre el escenario con la destacada actuación de la pareja compuesta por Florencia Pohl y Gonzalo Cardozo, representantes de Los Charrúas, quienes brindaron una aplaudida exhibición de Folclore.

Una noche para el recuerdo
El evento, cuya apertura estuvo fijada a las 20:00 horas, se desarrolló en un clima festivo donde se conjugaron el arte, la vestimenta y la destreza en pasarela. La cálida respuesta y el constante apoyo de los familiares remarcaron el valor de este tipo de propuestas, que buscan posicionar a Los Charrúas como un centro capaz de albergar acontecimientos de alto nivel cultural.

Con esta primera edición concluida y un balance positivo, la organización celebró el respaldo de la comunidad y reafirmó su compromiso de dar continuidad a este proyecto en futuras entregas.

 

Continue Reading

Lo más visto