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8 AÑOS DE CARCEL PARA EL EX GOBERNADOR SERGIO URRIBARRI

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La Cámara de Casación Penal rechazó todos los planteos realizados por los abogados defensores en el marco del megajuicio que condenó al exgobernador Sergio Urribarri a 8 años de prisión por delitos de corrupción cometidos en la contratación de públicidad oficial durante su gestión. En consecuencia, las penas contra el exgobernador, su exministro Pedro Báez, su cuñado Juan Pablo Aguilera y las del resto de los imputados quedaron confirmadas por la Cámara compuesta por Marcela Davite, Marcela Badano y Evangelina Bruzzo. Las defensas tendrán que recurrir a la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) con el objetivo de revertir la situación de los condenados.
Davite, quien presidió la Casación, enumeró uno por uno los rechazos y describió la prueba fundamental por la que el Tribunal de Juicios condenó al exgobernador, algunos de sus funcionarios y familiares y allegados que se beneficiaron por el desvío de dinero público. “En la sentencia dictada por el Tribunal está correctamente probado que los hechos existieron y que los imputados fueron sus autores y partícipes”, aseguró la magistrada.
Las camaristas indicaron además que los delitos se han constatado “con una cantidad de pruebas pocas veces vista en este tipo de hechos”. “Es tan abundante la prueba que es imposible abordarla en esta reseña”, agregó Davite.
“Ha quedado demostrado que Urribarri y (Pedro) Báez durante su ejercicio de sus cargos, direccionaron contrataciones con los particulares (Juan Pablo) Aguilera, (Germán) Buffa, (Jorge) Rodriguez y (Gerardo) Caruso. Como funcionarios públicos manejaron toda la tramitación entre ellos, para disponer de fondos públicos y usarlos a fines ajenos a la administración pública. Urribarri y Báez tenían conocimiento del carácter público de los dineros, de la ilicitud de la decisión que tomaron al sustraerlo y desviarlo hacia personas que se comportaron como sus socios comerciales. Disponiendo así de los fondos para beneficios propios y de terceros. Respecto a los otros imputados (Luciana Almada, Emiliano Giacopuzzi. Corina Cargnel y Gustavo Tamay) se constató el grado de participación en los delitos y que de distintas maneras colaboraron con las maniobras necesarias para llevarlos a cabo”, aseveró Davite.
Las magistradas rechazaron también los planteos de nulidad que buscaban derribar las pruebas fundamentales de la condena: “Se ha demostrado que todos esos planteos, cuya finalidad es la exclusión de pruebas que buscan revertir las condenas, han sido aceptadas por el Tribunal de Juicio que consideró como prueba legal, obtenida sin violentar garantías y mientras pudieron ejercer el derecho a la defensa”, acotó la magistrada. “El tribunal comprobó que toda la prueba había ingresado al proceso de manera legal y con control de todas las partes”, agregó Davite. Los abogados de Urribarri, Pedro Báez, Juan Pablo Aguilera y compañía pretendían derribar la prueba planteando el principio de incongruencia. Lo hicieron tanto ante el Tribunal de Juicio como así también ante Casación.
Pero Casación también les rechazó el planteo de presunta afectación del principio del juez natural por la intervención de la Policía Federal Argentina (PFA) en los allanamientos a las empresas de Aguilera: “Quien dictó la órden de allanamiento fue el juez de Garantías Eduardo Ruhl y cuando un juez natural controla un allamiento las garantías están intactas. No cabe lugar a escuchar sospechas por la pertenencia de tal o cual fuerza que ejecute su obra. Juez y policía no son conceptos equivalentes”, aseguró Davite. Cabe recordar que el Ministerio Público Fiscal (MPF) pidió la intervención de la PFA -avalada por el juez- porque Mauro Urribarri estaba al frente del Ministerio de Gobierno de la provincia y tenía a su cargo a la Policía de Entre Ríos (PER).
Las defensas tampoco pudieron demostrar que se perdió la cadena de custodia de la prueba fundamental de la causa, el disco rígido que pretendieron descartar por los techos de las empresas de calle Racedo y que una vecina puso a disposición de la investigación. “Todos los actos quedaron registrados y no existió ninguna irregularidad”, dijo la magistrada.
Casación tampoco dio lugar al planteo que buscaba derribar los informes de las compañías telefónicas ni los análisis realizados por el gabinete de informática forense del MPF: “Esta Cámara observó que reiteraron los mismos planteos sin tener en cuenta la contundente respuesta del Tribunal de Juicio respecto a estos informes. Hay una ausencia absoluta de irregularidades”.
Causa por causa, Davite relató parte de la prueba que se generó en el juicio para valorar de manera positiva la sentencia condenatoria del Tribunal compuesto por Jorge Chemez, Elvio Garzón y Carolina Castagno.
El único planteo de los abogados defensores que Casación tuvo en cuenta fue el realizado por Ignacio Díaz, defensor de Pedro Báez. Tiene que ver con el pedido de que se levante el embargo que afecta también a la cónyuge del exministro de Cultura y Comunicación. Así, Casación resolvió levantar el 50% del embargo que estaba vigente.
Las condenas confirmadas
En abril del 2022 y tras varios meses de megajuicio, el Tribunal de Juicio condenó a 8 años de cárcel e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos al exgobernador Sergio Urribarri por los delitos de corrupción. Al exministro Pedro Báez los jueces le dieron 6 años y medio de prisión. El cuñado de Urribarri, Juan Pablo Aguilera, fue condenado a 6 años y medio de prisión. Tanto Báez como Aguilera también fueron inhabilitados para ejercer cargos públicos.
Además el Tribunal consideró la culpabilidad del diseñador gráfico Emiliano Giacopuzzi como partícipe secundario por el delito de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública. Lo condenó a 2 años de ejecución condicional. A Germán Buffa lo declararon partícipe necesario de las negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública y se lo condenó a 1 año y 2 meses de ejecución condicional. A Gerardo Caruso lo condenaron como partícipe necesario de negociaciones incompatibles y peculado y lo condenaron a 3 años de ejecución condicional más inhabilitación absoluta perpetua.
A Corina Cargnel, el tribunal la condenó como partícipe necesaria de negociaciones incompatibles con ejercicio de función pública y peculado por la causa imprentas y en la causa parador. Le dieron 3 años de ejecución condicional e inhabilitación absoluta perpetua. A Gustavo Tamay lo encontraron responsable como partícipe necesario de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública y lo condenaron a 3 años de prisión de ejecución condicional más inhabilitación absoluta perpetua. Declararon a Luciana Almada partícipe necesaria de negociaciones incompatibles y peculado y la condenaron a 2 años y medio de ejecución condicional.

Radio News Media – Los Charrúas https://diarionewsmedia.com/

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El lino entrerriano inicia el ciclo 2026/27 con el 92% de su área en condición buena a muy buena

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El Sistema de Información de la Bolsa de Cereales de Entre Ríos relevó un arranque sólido para el cultivo del lino en la provincia, con nueve de cada diez hectáreas en óptimas condiciones para la campaña 2026/27.

Estado fenológico y perspectivas

  • Condición general: El 92% del área implantada se encuentra catalogada en condición buena a muy buena, marcando una señal alentadora para los productores y el sector agroexportador provincial.

  • Fases del cultivo: El panorama difiere según la fecha de siembra; los lotes implantados a mediados de mayo ya comenzaron la etapa de floración, mientras que aquellos sembrados en julio transcurren la fase de desarrollo de ramificaciones.

Factores climáticos y desafíos logísticos

  • Impacto del clima: Las recientes jornadas con precipitaciones y días nublados generaron inconvenientes al dificultar el ingreso a los lotes para efectuar el control de malezas, una tarea crítica en esta instancia.

  • Riesgos: La humedad excesiva complica la logística de campo y podría propiciar inconvenientes fitosanitarios de no mediar una intervención a tiempo.

A pesar de las complicaciones meteorológicas, el balance general de la actividad consolida al lino dentro de la matriz productiva entrerriana con muy buenas perspectivas para la temporada.

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Entre Ríos y Buenos Aires bajo emergencia fitosanitaria por el Picudo rojo de las palmeras

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El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) extendió el área bajo Emergencia Fitosanitaria a las provincias de Entre Ríos y Buenos Aires debido a la presencia del Picudo rojo de las palmeras (Rhynchophorus ferrugineus), estableciendo su vigencia hasta el 30 de junio de 2028.

Detalles de la medida y la plaga

  • Marco legal: La medida se formalizó mediante la Disposición DNPV N° 2/2026, la cual modifica la Resolución N° 133/2026 del organismo y otorga un margen temporal sostenido para las labores de prevención, vigilancia y control en terreno.

  • Motivo de la ampliación: La decisión responde al hallazgo reciente de la plaga en el territorio continental de Entre Ríos, sumado a las acciones de contingencia que ya se ejecutan en la Isla Martín García (Buenos Aires).

  • Impacto en las especies: El insecto ataca a diversas especies de palmeras provocando su deterioro progresivo y muerte; opera desde el interior de la planta, por lo que sus síntomas suelen notarse cuando ya es demasiado tarde para salvar al ejemplar, haciendo de la detección temprana un factor clave.

  • Acciones de control: La normativa habilita recursos, personal y acciones coordinadas entre organismos nacionales, provinciales y municipales para fortalecer el monitoreo.

Recomendaciones y canales de denuncia

El SENASA reitera una advertencia central para evitar la dispersión de la plaga: no trasladar insectos sospechosos, palmeras ni partes de plantas desde las zonas afectadas hacia otras regiones.

Ante cualquier ejemplar sospechoso o síntoma compatible, el organismo solicita dar aviso inmediato a través de las siguientes vías:

  • Oficinas locales del SENASA.

  • Correo electrónico: dief@senasa.gob.ar.

  • Formulario de denuncia disponible en el sistema SINAVIMO.

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Rogelio Frigerio bajo presión: comedores, deuda y el conflicto por la arena silícea en Entre Ríos

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El gobernador entrerriano, Rogelio Frigerio, atraviesa uno de los momentos de mayor tensión política de su gestión al tener que hacer frente de manera simultánea a tres frentes críticos: la controversia por la provisión de alimentos en los comedores escolares, el nivel de endeudamiento provincial y la extracción de arena silícea destinada a Vaca Muerta.

Los tres frentes de conflicto

  • Comedores escolares: El oficialismo intentó implementar un esquema para reemplazar a los proveedores locales por raciones secas de una empresa externa (Teknofood), lo que generó un fuerte rechazo generalizado y profundas contradicciones oficiales en los montos ventilados —desde los 22 millones mencionados por Frigerio y los 42 millones de la ministra Berisso, hasta los 101 millones denunciados en la Justicia por el abogado Rubén Pagliotto—, obligando al gobierno a recalibrar el rumbo.

  • Deuda pública y tierras fiscales: Opositores y analistas advierten que la deuda provincial ascendería al orden del billón de pesos, un pasivo heredado que los críticos señalan como profundizado por la actual administración. A esto se suma la creación de un ente autárquico con facultades para administrar y enajenar patrimonio y tierras fiscales en los humedales del sur, generando inquietud en diversos sectores.

  • Extracción de arena silícea: Informes de empresas extractoras apuntan a un movimiento de unos ocho millones de toneladas anuales destinadas al fracking. El cuestionamiento central radica en que Entre Ríos opera como la única provincia minera del país que no percibe regalías por esta actividad, privándose de un impacto recaudatorio millonario frente al ahorro que obtienen las petroleras.

Desgaste político y fallas en la comunicación

La lectura crítica generalizada apunta a que estas decisiones derivan recursos del circuito económico local hacia actores ajenos a la provincia. En medio de este escenario, las declaraciones públicas de Frigerio calificando a la obra social provincial OSER como “una de las mejores del mundo” fueron interpretadas por la ciudadanía como un síntoma de desconexión oficial, evidenciando dificultades en la estrategia comunicativa del gobierno frente a un malestar social que continúa en aumento.

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